Yeesal dëkk ak liggéey (liggéeykat)

Lan mooy yeesal dëkk ak liggéey?

Mooy yeesal sa kayit liggéey bu liggéeykat.

Yeesal bi day yàgg 4 at te mu may la liggéey ci liggéey bu nekk, ngir entreprise walla ci sa bopp, ci Espaañ bépp.

Moytul jamono ji! Laajal ko ci 2 weer yi jiitu jeexu bi, walla ci mujj ci 3 weer yi ci des (ci loolu mën nañu la fay amende). Soo ko laajee ci jamono, sa kayit dafay des di am solo diir bi ngay xaar.

Ñaata la yàgg? Lu tollu ci 3 weer. Su ñu la tontuwul, ñu jox la ko. Ginnaaw ga am nga 1 weer ngir laaj kart bu bees.

Yegg xibaar yu ëpp (téeret bu yoon bu mat)

Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena (Ley Orgánica 4/2000, arts. 36, 38 y 40; Real Decreto 1155/2024, arts. 80 y 81).

Requisitos: no ser ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, ni familiar de estos a quien se aplique el régimen de ciudadano de la Unión; carecer de antecedentes penales en España; no figurar como rechazable; acreditar la escolarización de los menores a cargo; abonar la tasa; y acreditar uno de estos supuestos: continuar con la relación laboral que dio origen a la autorización; haber trabajado un mínimo de tres meses por año y tener contrato con nuevo empleador y estar en alta o asimilada, o disponer de un nuevo contrato conforme al art. 74 con inicio condicionado a la renovación, o que la relación se haya extinguido por causas ajenas a su voluntad y haya buscado activamente empleo inscrito en el Servicio Público de Empleo; tener prestación contributiva de desempleo; ser beneficiario de una prestación económica asistencial pública destinada a su inserción social o laboral; haber trabajado y estado en alta al menos nueve meses en un periodo de doce; que un familiar (art. 66) cumpla los requisitos económicos para reagruparle; o extinción o suspensión de la relación laboral por ser víctima de violencia de género o sexual.

Documentación: impreso EX-03 firmado por el trabajador; pasaporte completo en vigor; en su caso, informe de escolarización; opcionalmente, informe de esfuerzo de integración de la Comunidad Autónoma (formación y conocimiento de lenguas oficiales) para valorar si no se cumple algún requisito; y la documentación específica del supuesto alegado (contrato, inscripción como demandante de empleo, prestación, acreditación de violencia de género, vínculo familiar y medios, etc.).

Procedimiento: la presenta el trabajador en la Oficina de Extranjería o telemáticamente (Mercurio), en los dos meses previos a la expiración o dentro de los tres meses posteriores (sin perjuicio del procedimiento sancionador). La presentación en plazo prorroga la autorización anterior. Tasas: modelo 790 código 052, epígrafe 2.2 (trabajador) y modelo 790 código 062, epígrafe 2.1 (empleador). Plazo de resolución: tres meses; silencio positivo (puede pedirse certificado). Vigencia: cuatro años, salvo que corresponda larga duración; permite cualquier actividad por cuenta ajena y propia en todo el territorio. En un mes desde la notificación se solicita la TIE.

Información orientativa basada en la hoja informativa oficial del Ministerio (mayo de 2025). Solo es de aplicación la normativa vigente en el momento de la solicitud.

Xibaar yu gën a bare (yoon wi, ci espaañol)

Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena (Ley Orgánica 4/2000, arts. 36, 38 y 40; Real Decreto 1155/2024, arts. 80 y 81).

Requisitos: no ser ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, ni familiar de estos a quien se aplique el régimen de ciudadano de la Unión; carecer de antecedentes penales en España; no figurar como rechazable; acreditar la escolarización de los menores a cargo; abonar la tasa; y acreditar uno de estos supuestos: continuar con la relación laboral que dio origen a la autorización; haber trabajado un mínimo de tres meses por año y tener contrato con nuevo empleador y estar en alta o asimilada, o disponer de un nuevo contrato conforme al art. 74 con inicio condicionado a la renovación, o que la relación se haya extinguido por causas ajenas a su voluntad y haya buscado activamente empleo inscrito en el Servicio Público de Empleo; tener prestación contributiva de desempleo; ser beneficiario de una prestación económica asistencial pública destinada a su inserción social o laboral; haber trabajado y estado en alta al menos nueve meses en un periodo de doce; que un familiar (art. 66) cumpla los requisitos económicos para reagruparle; o extinción o suspensión de la relación laboral por ser víctima de violencia de género o sexual.

Documentación: impreso EX-03 firmado por el trabajador; pasaporte completo en vigor; en su caso, informe de escolarización; opcionalmente, informe de esfuerzo de integración de la Comunidad Autónoma (formación y conocimiento de lenguas oficiales) para valorar si no se cumple algún requisito; y la documentación específica del supuesto alegado (contrato, inscripción como demandante de empleo, prestación, acreditación de violencia de género, vínculo familiar y medios, etc.).

Procedimiento: la presenta el trabajador en la Oficina de Extranjería o telemáticamente (Mercurio), en los dos meses previos a la expiración o dentro de los tres meses posteriores (sin perjuicio del procedimiento sancionador). La presentación en plazo prorroga la autorización anterior. Tasas: modelo 790 código 052, epígrafe 2.2 (trabajador) y modelo 790 código 062, epígrafe 2.1 (empleador). Plazo de resolución: tres meses; silencio positivo (puede pedirse certificado). Vigencia: cuatro años, salvo que corresponda larga duración; permite cualquier actividad por cuenta ajena y propia en todo el territorio. En un mes desde la notificación se solicita la TIE.

Información orientativa basada en la hoja informativa oficial del Ministerio (mayo de 2025). Solo es de aplicación la normativa vigente en el momento de la solicitud.

Lan nga soxla?

✓  Amul tooñ ci yoon Espaañ.

✓  Soo amee doom yu war a jàng, ñu dem lekool.

✓  Te nekk ci benn ci mbir yii:

Dangay liggéey ba tay ci entreprise bu bokk.
Liggéey nga lu tollu ci 3 weer at mu nekk te:
Am nga kontra ak entreprise bu bees te nga inscrit.
Am nga kontra bu bees buy tambali bu la yeesalee.
Nga réer liggéey du sa tooñ te nga inscrit ni demandeur liggéey.
Dangay jël allocation chômage.
Dangay jël ndimbal public ngir sa insertion social walla liggéey.
Sa mbokk yi nekk Espaañ am na alal bu doy ngir reagrouper la.
Nga réer walla suspendu sa liggéey ndax nga victime ci fitna gender walla sexuel.
Liggéey nga te fay cotisation lu tollu ci 9 weer ci benn at,
te gannaaw bi réer liggéey du sa tooñ te di seet liggéey.

Am nga laaj? Waxal nu sa mbir te dinanu ko seet

Ndimbal ngir doxandéem yi ci Espaañ