¿Qué es la Nacionalidad por Residencia?
Una de las formas de obtención de la nacionalidad española es por residencia, es decir un derecho que se adquiere tras un periodo de estancia en situación regular (con permiso) en España.
Para ello es necesario residir en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Existen varios casos en los que el período de residencia exigido se reduce a:
Además, el interesado deberá acreditar:
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Para acreditar la permanencia continuada es necesario:
- No haber salido de España por períodos prolongados que interrumpan la residencia.
- Estar en situación regular y tener una tarjeta de residencia vigente durante todo el período de residencia. Es decir contar con un permiso de residencia válido. (La irregularidad sobrevenida pondrá el contador a cero tras una nueva residencia).
- Estar empadronado en un municipio español no es suficiente para acreditar la residencia efectiva. Se debe contar con una autorización de residencia en vigor.
- No cuentan como residencia legal:
Acreditar buena conducta cívica que se demostrará:
Con certificados de antecedentes penales del país de origen y de España.
Acreditar conocimientos para desenvolverse en España:
Los solicitantes deben superar dos exámenes para demostrar su conocimiento del idioma y relativos a la constitucion española y aspectos socioculturales.
examen CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España)
Coste matricula: 85 €
Más información en: examen CCSE
El examen DELE A2 (Diploma de Español como Lengua Extranjera)
Este examen mide la comprensión y expresión oral y escrita del español a un nivel A2 según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Consta de cuatro partes:
• Comprensión de lectura
• Comprensión auditiva
• Expresión e interacción escrita
• Expresión e interacción oral
Coste matricula: 134 €
Más información en: examen DELE A2
Personas No alfabetizadas
• Personas con dificultades de aprendizaje o discapacidad superior al 65% → Pueden quedar exentas de ambas pruebas.
• Personas no alfabetizadas o de avanzada edad → Aunque no hay una exención automática, pueden solicitar la dispensa alegando su situación. Cada caso es analizado individualmente, y la decisión final depende del Ministerio de Justicia.
Nota de Interes en relación a pruebas CCSE y DELE: Existen exenciones para estas pruebas en casos específicos, como menores de edad, personas con capacidades diferentes y no alfabetizados. Pregúntanos.
Una vez obtenida la resolución favorable a la solicitud de nacionalidad se han de cumplir tres requisitos finales:
- Juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
- Declaración de renuncia a la anterior nacionalidad. No cumplirán este requisito los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal ni tampoco los sefardíes originarios de España
- Inscripción de la adquisición de la nacionalidad en el Registro Civil español.
