¿Qué es?
El certificado de residencia permanente de ciudadanos de la Unión Europea es un documento oficial que acredita el derecho a residir en España de manera permanente para los ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) y de Suiza.
¿Quién puede solicitar el certificado de residencia permanente de ciudadanos de la Unión Europea?
Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, una vez hayan cumplido con el requisito de haber residido legal y de forma continuada en el país durante un periodo de cinco años o estén en alguno de los supuestos que se especifican como requisitos.
Estados miembros de la Unión Europea y estados parte del acuerdo sobre el espacio económico europeo:
* Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.
** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal.
Requisitos necesarios para cada supuesto de solicitud de Residencia Permanente de Ciudadanos de la Unión Europea
Supuesto 1
A estos efectos se considerará residencia legal aquella en la que, durante los últimos cinco años, la persona acredite:
• Haber sido trabajador por cuenta ajena en España.
• Haber sido trabajador por cuenta propia en España.
• Haber dispuesto de recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. También deberá acreditar la tenencia de un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país que proporcione cobertura en España durante su periodo de residencia, y que sea equivalente al proporcionado por el Sistema Nacional de Salud. La valoración de la suficiencia de los medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumpliento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva.
• Haber sido estudiante y haber estado matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione una cobertura completa en España, y recursos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. O
• Ser nacional de un Estado miembro, familiar que acompaña a un ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo, que cumpla con una de las condiciones anteriores. Categorías a las que se aplica:
• Familiar de estudiante, a su cónyuge o pareja de hecho inscrita, a sus descendientes directos ya los de su cónyuge o pareja menores de 21 años o incapaces o mayores de dicha edad que vivan a su cargo.
• En los demás supuestos, al cónyuge o pareja de hecho inscrita, a sus descendientes directos y a los de su cónyuge o pareja menores de 21 años o incapaces o mayores de dicha edad que vivan a su cargo, y a sus ascendientes directos o los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo.
• A estos efectos tienen la consideración de estar a cargo aquellos ascendientes directos y descendientes mayores de 21 años que tengan una dependencia económica o física de un ciudadano de la Unión. Existe dependencia financiera cuando se acredite vivir a cuenta exclusivamente y de forma efectiva del ciudadano de la Unión. Existe dependencia física cuando por motivos graves de salud sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del ciudado personal.
Supuesto 2
Supuesto 3
Supuesto 4
• La incapacidad es consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional que dé derecho a una pensión de la que sea responsable, total o parcialmente, un organismo español.
• El cónyuge o pareja registrada del trabajador es ciudadano español, o ha perdido su nacionalidad española tras su matrimonio o inscripción como pareja registrada con el trabajador.
Supuesto 5
Supuesto 6
A estos efectos, se considerarán como periodos de empleo los períodos de desempleo involuntario debidamente justificado por el servicio público de empleo competente, los períodos de suspensión de la actividad por razones ajenas a la voluntad del interesado, y las ausencias del puesto de trabajo o las bajas por enfermedad o accidente.
